¿Debe inscribirse Sortu como partido politico? El Gabinete en Julia en la Onda
Semana intensa. Desde el lunes he debatido sobre la situación abierta por la presentación del nuevo partido de la izquierda abertzale con compañeros de todo signo en Las mañanas de Cuatro, en Al Rojo Vivo en La Sexta2 o en Onda Cero en Julia en la Onda. Mañana viernes saldrá una columna mía sobre esto en la revista Tiempo ¿Y aún me queda algo que añadir sobre el tema? Trataré sólo de recopilar algunas ideas que me parecen importantes y que se pierden a veces en un debate muy visceral, muy teñido por el dolor, por tantos años de mentiras y destrucción, pero que hemos de ser capaces de ver desde un ángulo más frío.
1.- Las reglas del juego las hemos marcado los demócratas. La Ley de Partidos es una ley nacida de la voluntad popular. Ese marco limita un espacio de legalidad que es el que es y al que no se le puede quitar ni un ápice pero tampoco añadir condiciones nuevas.
2.- El silogismo aceptado por los dos grandes partidos durante este último periodo, en el que asistimos al inicio del fin de ETA, ha sido: «O ETA se disuelve o Batasuna rompe con ETA». Con la presentación de los estatutos de la nueva formación Sortu, Batasuna pretende apuntalar la segunda parte del silogismo y escenificar la ruptura de la izquierda abertzale con ETA.
3.- La prudencia, la mesura, incluso la suspicacia o el escepticismo son normales y lógicos. El Gobierno toma la postura correcta – no tenía sentido adoptar otra actitud en este momento- y es mandar los estatutos presentados a la Fiscalía para que informe si los considera acordes con la legalidad, ve indicios de delito o considera que la inscripción no debe realizarse y por tanto insta esta acción ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo.
4.- Parece evidente que la decisión la va a tomar la Sala del 61 del Tribunal Supremo. La tomará sopesando los informes presentados por la Fiscalía: de las policías, del CNI y todos aquellos que sean pertinentes. Analizará de forma jurídica los hechos y los indicios, deliberarán sobre ello y emitiran una resolución que será la que se ajuste a Derecho.
5.- Los promotores de esta iniciativa han sido cuidadosos para intentar entrar dentro de las reglas de juego marcadas por el Estado de Derecho. Quizá la mayor arista la tengan en el hecho de no haber rechazado los atentados anteriores de ETA y haber usado la fórmula rechazamos la violencia de ETA «si la hubiera». El TS lo dirá pero, no obstante, yo no creo que se trate de una trampa. Es un éxito de la lucha antiterrorista que la izquierda abertzale intente entrar en el juego democrático con las normas marcadas por los demócratas.
6.- Parece una tontuna repertirlo pero, por si acaso,: las ideas no delinquen. En democracia pueden defenderse todas las ideas dentro del marco legal, incluida la independencia o la autodeterminación. En este sentido precisar también que la machacona frase «Batasuna es ETA» se ha acabado convirtiendo para muchos en «Batasuna es igual que ETA» o «los tribunales ya han dicho que Batasuna es igual que ETA». Hay que precisar que para los tribunales ETA es una banda armada e integrarse en ella supone un delito de integración en banda armada. Ningún tribunal ha dicho que Batasuna sea una banda armada. Es una formación ilegalizada EN VIA NO PENAL, por la Ley de Partidos, por coadyuvar a los fines de los terroristas y algunos de sus miembros lo eran a la vez de ETA.
7.- Lo que no es de recibo es que desde partidos políticos, asociaciones o medios se afirme – siquiera se insinúe- que la decisión del Tribunal Supremo puede estar mediatizada por otras voluntades ni por nada que no sea la valoración jurídica de la información que exista. Afirmar que el Gobierno puede mediatizar la resolución judicial o que está en su mano que no se inscriba la formación es democráticamente inadmisible.
8.- Tampoco es respetuoso con la seguridad jurídica inherente a toda democracia afirmar ahora que habría que añadir nuevas condiciones a las ya impuestas en su día. La Ley de Partidos no incluye ni cuarentenas, ni periodos en los que «ganarse la confianza» o»demostrar que van de verdad». Y la Ley no incluye un periodo de este tipo porque hubiera sido muy difícil que una norma así hubiera pasado los filtros del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Teniendo en cuenta que en un sistema democrático , la participación en los comicios es la actividad más esencial y básica, la norma española ya se situa muy al filo de lo admisible en relación con el estándar de los derechos políticos internacionalmente asumidos por España.
9.- No es cierto que la izquierda abertzale pueda pasar el filtro y luego quitarse la careta cuando estén en las instituciones. La reforma de la Ley Electoral que entró en vigor a finales de enero, asegura precisamente que puede producirse una ilegalización a posteriori o sobrevenida. En ese caso, la formación podría ser ilegalizada y sus electos perderían sus cargos excepto que adjuraran de forma expresa, individual y terminante de la causas por la que hubiera sido declarada ilegal Sortu.
10.-La Justicia tiene la última palabra pero es de cegatos no darse cuenta de que lo sucedido esta semana, las afirmaciones oídas en boca de históricos abertzales, no se habían producido nunca. La fotografía es distinta y novedosa. Es un triunfo de la democracia aunque no sea el definitivo. Que llegará.